Foto: Olga Lucía Londoño, superintendente de Economía Solidaria.
Serios cuestionamientos hizo la Contraloría General de la República la gestión de la Superintendencia de Economía Solidaria, responsable de vigilar y sancionar a las cooperativas de trabajo asociado, fondos de empleados y cooperativas del país.
Esta Superintendencia dejó de sancionar a más de un centenar de cooperativas de trabajo que fueron multadas por el Ministerio de Trabajo durante el año 2013 y tampoco hizo mucho para cobrar cerca de 2 mil millones de pesos que impuso en sanciones, revela una auditoría de la Contraloría conocida por ELOLFATO.COM.
La primera irregularidad descubierta por la Contraloría revela que “el Ministerio de Trabajo sancionó durante el primer semestre de 2013 a 115 cooperativas de trabajo asociado por intermediación laboral, práctica prohibida por la ley, sin que la Supersolidaria (…) lo haya detectado por falta de una supervisión oportuna y de programación de visitas a estas entidades en la vigencia 2013, dejando de proteger efectivamente los derechos de los asociados, de las organizaciones de Economía Solidaria”.
A ese cuestionamiento, la Superintendencia respondió que: “Es imposible determinar si se realizó o no seguimiento a las 115 PCTA'S y CTA'S sancionadas por el Ministerio de Trabajo en el Departamento de Santander en la vigencia 2013, pues no contamos con la información de cuáles son estas cooperativas".
Para los investigadores de la Contraloría esa respuesta es inaceptable y “se concluye que la Superintendencia no ha realizado inspección, vigilancia y control sobre estas entidades incumpliendo con sus objetivos y finalidades”.
No cobra las multas
La Contraloría también encontró graves debilidades en la recuperación de cartera de esta superintendencia. “La Supersolidaria, a diciembre 31 de 2013, tenía una cartera de 288 obligaciones por valor de 1.924 millones sobre la que no realizó oportunamente la gestión de cobro persuasivo de la totalidad de la cartera correspondiente a multas y sanciones dentro de los primeros 180 días, por lo anterior la entidad ha dejado de realizar la gestión de recaudo de la cartera de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna, generando el riesgo de no hacer efectiva la sanción o multa impuesta y un posible riesgo de afectación en la liquidez del tesoro Público”, dice la auditoría.
Sobre este punto, la Superintendencia respondió que existe una norma que la obliga a “ceder a CISA su cartera con más de ciento ochenta días de vencida” pero su argumentó no convenció a la Contraloría.
“Si bien es cierto la ley ordena ceder la cartera con más de 180 días de vencida, también es cierto que en el transcurso de los 180 días debe de ejercer gestión de cobro persuasivo para garantizar el cumplimiento del Artículo 1 de la Ley 1066 de 2006”, concluyó el ente de control fiscal.