Otro revés jurídico tuvo la multinacional española Typsa en su propósito de ser declarada como «víctima» dentro las investigaciones que se adelantan por el desfalco de los Juegos Deportivos Nacionales de Ibagué. (Ver: Vía tutela, Typsa insiste que la declaren víctima en el desfalco de los Juegos Nacionales)
La sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela que interpuso la firma española Typsa en contra del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Ibagué y de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de la capital del Tolima, que no accedieron a la pretensión de la compañía española. (Ver: resuelve de la tutela de Typsa)
Typsa busca insistentemente ser declarada como «víctima» en el proceso que adelanta la justicia colombiana en contra de Wilmer Manchola Cano, uno de los testaferros del abogado orlando Arciniegas, y quien recibió parte de las coimas que pagó la multinacional para quedarse con el contrato de estudios y diseños de los escenarios de los fallidos Juegos Deportivos Nacionales, por $11.500 millones. (Ver: El principio de oportunidad que hará ‘temblar’ a los amigos de Arciniegas)
Según la multinacional española, los sobornos que pagó el entonces representante legal de Typsa en Colombia, Luis Rodrigo Uribe, obedecieron a una decisión personal del exfuncionario y sin el consentimiento de la casa matriz en Madrid, versión que es poco creíble por las pruebas que tiene la Fiscalía General de la Nación. (Ver: Los correos que probarían que Typsa España avaló el pago de sobornos a funcionarios de Ibagué)
Aún así, los abogados de Typsa interpusieron una acción de tutela con la que pretendían que se les protegieran «los derechos fundamentales al buen nombre, imagen corporativa, acceso a la administración de justicia, debido proceso e igualdad que están siendo afectados por los funcionarios judiciales accionados«.
Tanto el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Ibagué y de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de la capital del Tolima respondieron la tutela afirmando que Typsa no logró demostrar un perjuicio real para ser declarada como «víctima» y que «eventualmente puede soportar algún reproche como tercero civilmente responsable o responder solidariamente», como lo ha solicitado la Alcaldía de Ibagué.
Tutela improcedente
La sala de casación penal de Corte Suprema de Justicia consideró improcedente la tutela presentada por Typsa debido a que el proceso penal contra Wilmer Manchola, el testaferro de Orlando Arciniegas que recibió la coima de la compañía, aún «está en curso» y no se ha proferido sentencia en su contra. (Ver: Por segunda vez aplazan audiencia de Wilmer Manchola, implicado en desfalco de los Juegos Nacionales)
«De esta manera, entre tanto el proceso se encuentre en curso, es decir, mientras no se haya agotado la actuación del juez ordinario, es claro que persiste posibilidad de reclamar dentro de él el respeto de las garantías constitucionales«, reza el fallo.
«En ese sentido, es preciso referir que la controversia traída al presente trámite por la Sociedad Técnica y Proyectos S.A. Typsa debe ser ventilada ante los funcionarios facultados para ello, quienes son los encargados de conocer sobre las censuras que se formulan en el amparo mismo, que únicamente se expresa un intento improcedente para que el juez de tutela interfiera en asuntos jurisdiccionales que no le corresponden«, concluyó.