A partir del próximo año, todos los colombianos serán donantes de órganos. Así lo expresa la ley 1805 del 206 sancionada por el presidente Juan Manuel Santos, y que empieza a regir dentro de seis meses. Quienes manifiesten antes de morir su oposición a este tipo de procedimiento se les respetará su decisión.
La nueva ley eliminó la atribución que tenían los familiares en estos casos. Por lo tanto, no podrán ser ellos quienes nieguen a la donación de órganos y tejidos. Cabe aclarar que los colombianos que expresen su voluntad de no ser donantes deben realizar un documento escrito autenticado ante un notario y radicarlo en el Instituto Nacional de Salud.
Es importante resaltar que en Colombia 25.000 personas necesitan un trasplante de riñón, otros miles de hígado, corazón, pulmón y, aunque menos frecuente, el páncreas.
A lo largo de los años, muchas historias se han tejido acerca de la donación de órganos. Y es que estas se han propagado a tal punto que ha generado una disminución en el número de donantes, puesto que en el 2012 el promedio de donantes era de 12 por cada millón de habitantes, y en 2015 solo siete por cada millón.
“En el país, el 10% de las personas se mueren en listas de espera. No se debe pensar en la donación como el ejercicio de ofrecer una parte de nuestro cuerpo para que alguien pueda vivir; sino en que la persona que dona el órgano ofrece todo su cuerpo para que una parte de nosotros pueda seguir viviendo”, dijo Gilberto Mejía, director del área de trasplantes de la Fundación CardioInfantil.
En cuanto a ley, esta prohíbe la prestación de servicios de transplante de órganos y tejidos a extranjeros no residentes en el territorio nacional. Todo ello con la excepción de que “el receptor sea cónyuge o compañero permanente, pariente en cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, del donante”.
Además de ello, la ley también establece grandes sanciones para el tráfico de órganos, las cuales van desde los tres hasta los seis años de prisión.