La Misión de Observación Electoral en el Tolima emprendió un ejercicio de promoción de la Consulta Anticorrupción en todo el departamento. Su objetivo es aclarar las dudas, desmantelar mitos e invitar a la ciudadanía para que, indistintamente de su decisión, salga el próximo 26 de agosto a ejercer su derecho al voto.
Cristian Martínez, coordinador de la Moe, explicó cuántos son los votos que deben respaldar la Consulta para que cruce el umbral, cuáles son los tiempos de implementación y por qué la promoción del No se califica como engaño al elector, entre otros temas. (Ver: El presidente Iván Duque toma distancia de Uribe frente a apoyo a la consulta anticorrupción)
EL OLFATO: ¿Cuántos votos debe tener la Consulta Anticorrupción para ser válida?
CRISTIAN MARTÍNEZ: De acuerdo a la ley 1757 del 2015 que modificó la ley de participación ciudadana, el umbral para este tipo de mecanismos ya no es la mitad del censo electoral, sino un tercio. Teniendo en cuenta que en este momento el censo electoral en Colombia es de 36’421.026, para alcanzar el umbral de participación deben votar un poco más de 12 millones de ciudadanos.
EO: ¿Cómo se medirá este umbral?
CM: Este umbral se mide al sumar los votos del sí, el no, los votos nulos y las tarjetas electorales no marcadas consignadas en las urnas. Esta cantidad de votos debe superar los 12’140.342 votos para que el mecanismo sea válido, estos es lo que se conoce como el umbral de participación.
Ahora, los electores encontrarán el próximo 26 de agosto un tarjetón en donde encontrarán siete preguntas con dos casillas, el sí y el no, y los ciudadanos deben marcar cada pregunta según su elección, los jurados de votación deberán hacer el escrutinio de cada pregunta, y para que ese mandato sea tenido en cuenta debe sumar la mitad más uno del total de los votos consignados. Este es el umbral de aprobación.
EO: ¿Qué pasa si la consulta no alcanza los más de 12 millones de votos?
CM: Para que la consulta pueda tener validez debe contar con 12’140.342 votos para que sea válido el mecanismo. Si no se obtienen, así la mayoría de los votos sean por el sí o por el no, no tendrá validez la consulta.
Por ello, desde la Moe estamos invitando a la ciudadanía y a las entidades públicas para que hagan promoción de este mecanismo para que los ciudadanos conozcan las siete preguntas y puedan salir a votar de manera informada el 26 de agosto. (Ver: Más de 400 mil ibaguereños están habilitados para votar en la consulta anticorrupción)
EO: ¿Cuánto tiempo durará la implementación de estos mandatos si la consulta pasa?
CM: Es de obligatorio cumplimiento del Congreso de la República implementar dichos cambios de ser aprobada esta consulta. Después del 26 de agosto, las preguntas que sean aprobadas por los ciudadanos, es decir, que pase el umbral de participación y aprobación, tendrán un plazo máximo de un año para implementarlo.
Si no, el Presidente de la República, vía decretos con fuerza de ley, tendrá la obligación de hacerlo en un máximo de 15 días cumplido el año en el que el Congreso debió implementar el mandato popular y no lo hizo.
EO: El presidente Duque radicó unos proyectos de ley ante el Congreso para frenar la corrupción en el país, ¿existe competencia entre estos y los mandatos de la Consulta?
CM: Lo primero que hay que tener en cuenta es que, en Colombia, para que un proyecto de ley sea aprobado debe pasar por cuatro debates tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado, es decir, debe superar ocho debates que podrían llevar más de un periodo constitucional.
Ante este panorama la aprobación de estos proyectos podría tardarse por lo menos dos años, mientras que la consulta tiene el término legal de un año para hacer todas las modificaciones que hay que hacer. (Ver: Contralor y Procurador general dan su respaldo a la Consulta Anticorrupción)
Segundo, no existe una competencia directa porque lo que plantea el Presidente lo puede modificar el Congreso durante los debates en los que se vaya discutiendo, contrario a la consulta, en donde el Congreso debe implementar sí o sí lo que el pueblo le ordene.
EO: ¿No es muy alto el costo de esta consulta?
CM: El costo de la consulta es el costo de tener una democracia, y estos, comparados con todo lo que se podría ahorrar el Estado colombiano por concepto de la corrupción es muy mínimo, porque realmente el costo de mantener a los congresistas, que hoy en día son casi 300, 106 en Senado y 172 en Cámara, es bastante alto sumado al salario del presidente, el contralor, el procurador, el registrador y ministros, creo que lo que nos ahorramos en un año con ellos supera de lejos el valor de la consulta.
Ahora, esta no se pudo hacer durante las elecciones presidenciales porque así lo establece la Constitución.
EO: Pero, ¿pudo hacerse un día antes aprovechando la logística ya instalada?
CM: Sí se pudo hacer un día antes, pero nuestro honorable Congreso decidió que no fuera así para que no se cruzaran las propuestas presidenciales con la consulta para no convertirla en un tema de campaña de un partido político en particular.
EO: Y, ¿esta consulta es o no de un partido en particular?
CM: Esta consulta es de iniciativa ciudadana, 4.2 millones de firmas la respaldaron, por lo tanto, no es de ningún partido. De hecho, la ley facultó a los funcionarios públicos del país cuyos partidos sin diversos para que puedan hacer campaña por la Consulta sin verse inmiscuidos en investigaciones disciplinarias. Por eso, la Moe le hizo un llamado a los alcaldes y a la Gobernación del Tolima para que publiquen en sus canales de comunicación oficiales las preguntas para que los ciudadanos se informen. (Ver: Alcalde Jaramillo invitó a los ciudadanos a votar en la consulta anticorrupción)
EO: ¿Habrá o no reposición de votos por esta Consulta?
CM: La reposición de los votos se da cuando elegimos dignatarios, y en esta consulta, como es de los ciudadanos, no hay reposición de votos según lo planteado en la Constitución Política. La reposición solo se hace a los partidos políticos cuando se busca la elección de alguno de sus miembros, pues estos se le pagan es al partido. Entonces como no hay ningún partido político dueño de ningún mecanismo de participación ciudadana, no hay reposición de votos.
EO: Hay mucha guerra sucia en las redes sobre el Sí y el No, ¿cómo deben proceder las autoridades electorales?
CM: La ley planteó que se podían inscribir hasta tres comités, el de la abstención, que se hizo a nivel nacional, en el cual los señores magistrados de las altas cortes participaron; por el no, que no tuvo ningún inscrito, y por el sí al que se inscribieron 66 grupos en todo el país.
Así las cosas, es deber del Consejo Nacional Electoral, que tiene presencia en el Tolima a través de los tribunales de garantías, investigar estas campañas porque no hay nadie inscrito a favor del No, sin embargo, sí hay propaganda sucia contra la consulta. Esto debe ser investigado por el CNE y la Fiscalía por engaño al elector. (Ver: No olvide revisar si será jurado de votación en la consulta anticorrupción)
Nosotros desde la Moe, tenemos un portal que se llama www.pilasconelvoto.com donde los ciudadanos nos pueden dejar pruebas de esta propaganda sucia o negra, las cuales haremos llegar a las autoridades para que sean ellas las que investiguen.