Tenga cuidado con lo que publica en Facebook, pueden obligarlo a rectificarse

Recientemente se dio a conocer una sentencia de la Corte Constitucional, en la que ordenan a Yuri Guisell Chamorro Morales publicar en su cuenta de Facebook un texto en el que se rectifique y se disculpe con Keillin Juliet Pérez Silva por haber hecho una publicación en esa misma red social, en la que, sin pruebas, la señala de ladrona.

Los hechos de los que trata este caso ocurrieron del 7 al 9 de agosto de 2015, cuando Chamorro Morales publicó en su cuenta de Facebook una fotografía de Pérez Silva, su empleada por ese entonces, indicando lo siguiente, como cita la sentencia de la Corte Constitucional, que usted puede revisar en este enlace:

Les quiero informar para que todos tengan cuidado miren la gran ladrona de [B]ritalia la sorprendieron robando en la empresa donde ella trabajaba y verificando no es la primera vez ya lo tiene de costumbre q (sic) trabaja y cuando renuncia manda robar las empresas yo fui la segunda víctima su nombre es Julieth Pérez Silva”.

Dicha publicación se hizo viral y recibió una gran cantidad de comentarios en contra de Pérez Silva, que, ante la gravedad de la situación, que afectaba su imagen de manera considerable, interpuso una acción de tutela ante el Juzgado Sexto Penal Municipal de Funciones de Control de Garantías de Bogotá.

El 23 de septiembre de ese mismo año, un juez le dio la razón a Pérez Silva y falló la tutela a su favor, y determinó que Chamorro Morales debía retirar la publicación y no podría volver a usar sus redes sociales para hacer público ningún texto o imagen referente a la víctima.

En marzo de 2016, luego de estudiar el caso, la Corte Constitucional consideró que la decisión del juez fue acertada y se ajustada a los límites señalados por la carta magna para los casos de derecho a la libre expresión.

Sin embargo, la alta corte consideró que el fallo del togado se quedó corto porque “omitió analizar los efectos derivados de la publicación que afectaron los derechos de la tutelante” que, de acuerdo con el documento, se agravan por el hecho de que Facebook es un medio con alto nivel de difusión.

La Corte Constitucional estableció que, con esa publicación, además de faltar a la veracidad y a la presunción de inocencia de la afectada, también se le vulneraron sus derechos a la imagen, a la intimidad, al buen nombre y a la honra.

Por ende, la alta corte confirmó la decisión tomada por el juez del caso y le solicitó ordenarle a Chamorro Morales realizar una nueva publicación en su cuenta de Facebook, que debe durar pública el mismo tiempo que estuvo la otra, en la que acusó a Pérez Silva, en la que reconozca su equivocación y se disculpe con la afectada por los daños causados.

Por: REDACCIÓN TECNOLOGÍA

Foto: Eduardo Woo, de Flickr

Fecha: martes - 8 agosto - 2017