La Superindustria decidió sancionar por de más de 550 millones de pesos a la empresa Natural Vitamins por publicidad engañosa. El producto “Té Chino el Original” prometía hacer bajar de peso, así como curar el cáncer y otras enfermedades.
La multa fue impuesta mediante resolución No. 1485 de 2016 por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor. En primera instancia, la sanción decretada fue por un valor de $551.563.200 millones, equivalentes a ochocientos salarios mínimos legales mensuales (800 smlmv).
Al parecer, Natural Vitamins, de manera engañosa, atribuía efectos a su producto “Té Chino el Original”. Entre los supuestos beneficios se encontraban la reducción del colesterol, prevención del cáncer, el mejoramiento el hígado graso, reducción de la dependencia a la insulina y disminución de los niveles de los triglicéridos y glicemia.
La Dirección de Investigaciones tuvo acceso a distintas piezas publicitarias del producto comercializado emitidas por redes sociales, material impreso y un programa de televisión presentado por el conductor de televisión César Escola. En dicha publicidad se anunciaba a los consumidores las bondades del producto asociadas con la pérdida de peso y la mejoría de condiciones médicas serias.
Luego de analizado el material publicitario, junto con las pruebas aportadas al proceso, se encontró que el Té prometía ayudaba a bajar de peso en 30 días, y que realmente no son atribuibles a la bebida, sino a un programa de pérdida de control de peso en el que el té simplemente es un apoyo para el consumidor que decide someterse a un régimen nutricional.
Así pues, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor encontró que en la página web donde se podía adquirir el producto la empresa no anunciaba el precio real, pues no tenía incluido el IVA.
Por lo anterior, se consideró infringido el artículo 26 del Estatuto del Consumidor, que indica que el proveedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombianos el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos.
Contra la sanción de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.