La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de la Federación Colombiana de Optómetras y nueve personas naturales por presuntamente haber violado el régimen de protección de la libre competencia económica, toda vez que los acusados desplegaron una campaña de información «amañada» en contra de la venta de lentes de contacto por Internet.
De acuerdo con un comunicado emitido por la Superintendencia, la Federación Colombiana de Optómetras argumentaba a través de anuncios publicitarios que la venta de lentes de contacto por Internet estaba prohibida en el país, y por lo tanto obstruían ese canal comercialización de dichos productos.
«La Federación habría presionado y desinformado a la comunidad dedicada a la salud visual para evitar a toda costa su alianza con las comercializadoras de estos dispositivos médicos por internet, al tiempo que habría ejecutado una serie de conductas para evitar que los consumidores colombianos adquirieran sus lentes de contacto a través de páginas web«, señala la Superitendencia.
Para la Superindustria, las conductas de la Federación Colombiana de Optómetras estarían encaminadas a que los distribuidores de lentes de contacto de fabricación en serie se abstuvieran de vender estos productos a comercializadores por internet.
«Las conductas estarían encaminadas a que los optómetras afiliados retiraran sus convenios con los comercializadores; a que los consumidores evitaran adquirir los lentes de contacto de fabricación en serie a través de páginas web y que otras entidades de diferente naturaleza, retiraran su aval, vinculación o apoyo a los comercializadores de lentes de contacto de fabricación en serie por internet«.
Así pues, la actuación administrativa se inició como consecuencia de una queja presentada en febrero de 2014, en donde se informó sobre las obstrucciones que estaría experimentando el canal no tradicional de comercialización por internet de lentes de contacto de fabricación en serie, eventualmente motivadas en las diferencias de precios de dichos dispositivos ofrecidos en ópticas tradicionales y los que se comercializan por internet.
Por estas conductas irregulares, la Superintendencia podría interponer una multa hasta de $68.945’500.000 para las personas jurídicas. Asimismo, las personas naturales podrían recibir una sanción de hasta $1.378’910.000.