Servidores públicos podrán participar en campañas del plebiscito: Santos

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, anunció que los servidores públicos del Estado podrán participar activamente en las campañas a favor y en contra del plebiscito por la paz que se votará el próximo dos de octubre.

Según Santos, ya está en rigor la Directiva Presidencial número 05, mediante la cual se regula la participación de funcionarios del Estado en el plebiscito que busca refrendar los acuerdos alcanzados entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las Farc en La Habana, Cuba. (Ver: Esta será la pregunta del plebiscito por la paz del próximo 2 de octubre)

Así pues, de acuerdo con esta directiva, la campaña por el plebiscito empieza formalmente en la fecha del decreto de convocatoria: «Por eso resulta indispensable establecer qué acciones de divulgación y promoción pueden adelantar los servidores públicos durante la campaña plebiscitaria«.

«Los servidores públicos tienen el deber permanente de informar a los ciudadanos sobre los asuntos de orden económico, político y social, a fin de que sea posible que los mismos participen activamente en las decisiones que los afectan, así como en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación”, señala la directiva emitida por Santos.

En consecuencia, los servidores públicos, en el marco de sus competencias, deben suministrar información sobre asuntos relacionados con la política de paz promovida por el Gobierno Nacional, entre ellos el contenido del Acuerdo Final y el proceso de refrendación plebiscitario actualmente en curso. (Ver: Después de 52 años de conflicto armado, Gobierno y Farc logran un acuerdo de paz)

“Dicha información debe ser transmitida en lenguaje sencillo y fácilmente comprensible, en formatos de texto, imagen y sonido que le permitan al público entender de manera objetiva, veraz y simplificada el contenido, alcance e implicaciones futuras del acuerdo final”, dice el documento.

Y agrega: “La divulgación debe extenderse a todos los ciudadanos del país, en la totalidad del territorio nacional, para lo cual se deben utilizar los medios y mecanismos de mayor alcance posible, entre ellos espacios televisivos y radiales nacionales y locales, medios impresos, espacios digitales, redes sociales, así como espacios físicos de socialización y discusión masivos que permitan la trasmisión adecuada del contenido, alcance e implicaciones futuras del acuerdo final”.

Participación de los servidores públicos en la campaña del plebiscito

La Directiva Presidencial subraya que a partir del 30 de agosto, los servidores públicos podrán participar en actos de proselitismo electoral y promover activamente y de manera pública la votación por el «sí» o por el «no» al acuerdo final. Asimismo, podrán invitar a los ciudadanos a apoyar cualquiera de las opciones de votación.

En materia de uso de recursos públicos durante la campaña, establece que los servidores públicos que realicen actos de campaña podrán utilizar bienes del Estado y recursos del Tesoro Público para la misma, siempre y cuando aquellos se ofrezcan en igualdad de condiciones a todos los que detentan tal calidad. (Ver: Diez mitos sobre el acuerdo de paz que circulan en redes sociales)

De tal forma que, agrega, es permitido utilizar recursos y bienes estatales, tales como páginas web, correos electrónicos y los espacios físicos de las entidades, para la campaña por el «sí» o por el «no».

Requisitos

Adicionalmente, de acuerdo con la directiva, el uso de los recursos ofrecidos en igualdad de condiciones a todos los servidores está autorizado cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Que no se alteren las partidas presupuestales existentes a fin de dotar de recursos a dichas campañas.
  • Que no se afecte el adecuado funcionamiento de la actividad estatal, es decir, que no se suspendan las tareas propias de la función pública y que no se afecte la jornada laboral. Sin embargo, los directores de las entidades públicas podrán ajustar los horarios o establecer planes de compensación a quienes participen en actos y actividades proselitistas.
  • Que se garantice la, igualdad, la moralidad e imparcialidad en el sentido de que no se podrá coaccionar en modo alguno a los servidores y contratistas del Estado, bien para que participen en dichas campañas, expresen su opinión frente al plebiscito en uno u otro sentido, y encuentren supeditada su permanencia en la función pública o la ejecución del contrato a dicha participación o preferencia en particular.

“En ejercicio de este deber de divulgación y promoción de la paz, los servidores públicos podrán portar y desplegar signos alusivos a la paz, tales como el “Sí a la Paz”, manifestar su opinión frente a políticas públicas en pro de la paz, participar en debates en defensa del derecho a la paz y promover de manera pública a través de cualquier medio comunicación y difusión los beneficios que para la sociedad colombiana traerá el logro de la misma”, concluye el documento.

Por: REDACCIÓN PAZ

Foto: presidencia de la república

Fecha: lunes - 5 septiembre - 2016