La secretaria de Salud del Tolima, Sandra Liliana Torres, desmintió al Instituto Nacional de Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y aseguró que el cierre temporal del Laboratorio de Salud Pública del departamento del Tolima no es como lo presentó la autoridad sanitaria.
Contrario a lo informado por la oficina de prensa del Invima, la funcionaria sostuvo que se trata de un cierre parcial y no total del Laboratorio de Salud Pública del Tolima, y que las irregularidades se encontraron exclusivamente en el área de microbiología y fisico-químicos de alimentos, como lo precisó ELOLFATO.COM. (Ver: Invima ordena cierre temporal del Laboratorio de Salud Pública del Tolima)
Además, aunque intentó restarle importancia a la revelación periodística, la secretaria Torres admitió que sí hay fallas en el cumplimiento de los estándares de calidad del Laboratorio.
“Este cese de actividades es una medida preventiva y transitoria. El Laboratorio debe presentar el Plan de Acción donde se reflejen las acciones que se adelantan para el mejoramiento de los hallazgos y brindar un servicio adecuado dentro de lo exigido en los Estándares de Calidad”, reconoció.
Y agregó que las fallas detectadas por el Invima se presentaron porque la administración anterior desatendió las recomendaciones hechas en 2015. “La problemática que actualmente se evidencia en el Laboratorio Departamental de Salud Pública es una situación que se ha acrecentado con los años por la falta de gestión y coordinación de las Administraciones anteriores”, explicó.
Por último, recalcó que “en la actualidad el Laboratorio de Salud Pública recepciona las muestras de alimentos y las envía al Laboratorio del Instituto Nacional de Salud para su procesamiento y análisis; los demás servicios se prestan con normalidad”.
Secretaria de Salud miente
De otra parte, producto del desespero por la revelación hecha por ELOLFATO.COM, la secretaria de Salud del Tolima mintió al asegurar que este medio de comunicación había afirmado que se trataba de una “medida definitiva”. Claramente se informó que la sanción impuesta por el Invima es de carácter temporal, no solo en el titular, sino también en el artículo.