Los permisos ambientales para las obras del acueducto complementario de Ibagué siguen generando controversia entre el Ibal y la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima.
Mientras la autoridad ambiental señala que la empresa de acueducto debe suspender las obras de la fase II por falta de autorizaciones, esta última asegura que la ejecución de las obras continuará cumpliendo con los distintos requerimientos. (Ver: Cortolima ordena al Ibal suspender obras del acueducto complementario de Ibagué)
Y es que, mediante la resolución 558 del 15 de febrero de 2019, Cortolima subrayó que el Ibal, en un plazo de 30 días, debe presentar el plan de trabajo y cronograma de cumplimiento de las obligaciones ambientales para continuar con las obras.
Al respecto, la empresa manifiesta que «los trámites ante la autoridad ambiental si existen y fueron oportunamente presentados por esta empresa, sin que a la fecha la autoridad ambiental se hubiera pronunciado».
Además, el Ibal sostiene que este proyecto cuenta con licencia ambiental para la construcción y operación del acueducto, y que además incluye los permisos para la construcción de obras complementarias, como túneles, cruces de ríos y quebradas de tipo subfluvial y pasos elevados, vías de acceso, «por lo cual se ha venido cumpliendo con cada uno de los parámetros de la autoridad ambiental».
Por su parte, Cortolima argumenta que la construcción de estas obras sin los respectivos permisos y sin la imposición de medidas compensatorias tendientes a mitigar impactos o restaurar ecosistemas, «ubica a los responsables de estas en una situación que no se compadece con el cumplimiento de las normas básicas del derecho ambiental colombiano».
A su vez, el Ibal manifiesta que le ha entregado a la Corporación el ajuste al Plan de Manejo Ambiental, de acuerdo a las fases de ejecución de las obras, como consta en el expediente del proyecto.
«El respeto por la legislación ambiental y por ende del cumplimiento a los requerimientos que se hacen por parte de la autoridad ambiental en la región, ha sido una prioridad en todas las actividades desarrollados por parte de la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. E.S.P –Oficial», aclara la entidad.
Por último, agrega que en los siete puntos mencionados en la resolución 558 de 2019, que van del Km 0+000 al Km 4+700, no se están ejecutando obras en la actualidad. «El único es el desarrollado en el PI 14, en donde se presentó una emergencia conocida por Cortolima», asevera la empresa de acueducto.
“Con la resolución 558 de 2019, no habrá retraso en el cronograma de ejecución de las obras del proyecto acueducto complementario, pues se seguirá cumpliendo con los requerimientos ambientales. Llegaremos a través de las vías legales hasta las últimas instancias, demostrando que hemos cumplido”, concluyó, el gerente del Ibal, Carlos Gutiérrez Gamboa.