Por un tiempo de 10 años la Procuraduria General de la Nación destituyó e inhabilitó a la comisaria de Familia de Ataco (Tolima) para el periodo 2019-2019, Ayanith Riveros Peña, por incumplir una prohibición legal establecida como inhabilidad para el desempeño de su cargo.
Estando en el cargo Riveros Peña representó a un ciudadano en un proceso penal que el Juzgado Penal del Circuito del Espinal, Tolima adelantada en su contra, por el delito de acceso carnal violento.
Situación que explicó ratificando que tenía la convicción de que su proceder o constituía ningún tipo de falta disciplinaria.
Por su parte, al estudiar el hecho, el Ministerio Público determinó que la funcionaria incurrió en la incompatibilidad señalada en el artículo 48, numeral 17 de la Ley 734 de 2002 que establece como falta “actuar (…) a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, (…) de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales”.
Sobre el caso también se conoció que la Procuraduría Provincial de Chaparral ordenó compulsar copias para que se evalúe si es procedente adelantar investigación disciplinaria por la presunta persecución laboral del secretario de Gobierno de Ataco a la comisaría de Familia.
El recurso
Al conocer esta decisión la todavía comisaria de familia, Ayanith Riveros Peña, interpuso el recurso de apelación contra este fallo de primera instancia, que será resuelto por la Procuraduría Regional del Tolima.