Procuraduría confirma leve suspensión contra concejales de Ibagué

La Procuraduría General de la Nación confirmó en segunda instancia la suspensión, por nueve meses, de 15 concejales de Ibagué y un exconcejal que eligieron irregularmente al excontralor Municipal Ramiro Sánchez, en enero de 2016, reveló una fuente del Ministerio Público a EL OLFATO. (Ver: Procuraduría suspendió por nueve meses a concejales de Ibagué)

Ramiro Sánchez había desempeñado como director regional de la Escuela Superior de Administración Pública, Esap, un año antes de su elección, y aún así se postuló para el cargo de Contralor de Ibagué. (Ver: La sanción de los concejales fue leve porque la Procuraduría está “prostituida”: Wilson Leal)

Los concejales de la mayoría lo escogieron, pese a estar inhabilitado y, de paso, desconocieron el concurso de méritos que se había ganado la abogada Marcela Jaramillo. En mayo de 2017 el Consejo de Estado anuló su elección. (Ver: Consejo de Estado ‘tumbó’ la elección del Contralor de Ibagué)

Esta decisión de la Procuraduría, que permaneció engavetada un año en la sede de la entidad en Bogotá, resulta muy llamativa dado que por estos mismos hechos fueron destituidos e inhabilitados por 12 años 16 concejales de Valledupar.  (Ver: Procuraduría destituyó e inhabilitó a 16 concejales de Valledupar)

Los sancionados son: 

  1. Camilo Delgado, partido Liberal.
  2. Ernesto Ortiz, partido Liberal.
  3. Carlos Andrés Castro, partido Liberal.
  4. Humberto Quintero, partido Cambio Radical.
  5. Víctor Hugo Gracia, partido Cambio Radical.
  6. Oswaldo Rubio, La Rosita (Liberal) –Cuñado senador Guillermo Santos.
  7. Marco Tulio Quiroga, La Rosita (Liberal).
  8. Juan Ávila, movimiento MAIS.
  9. Harol Lopera, movimiento Mira.
  10. Víctor Julio Ariza, AICO (Pompilio Avendaño).
  11. Hasbledy Morales Lozano, partido Centro Democrático.
  12. William Santiago Molina, movimiento Firmes por Ibagué
  13. William Rosas, partido Verde.
  14. Linda Perdomo, partido Verde.
  15. Jorge Bolívar, partido Conservador.
  16. Carlos Portela, exconcejal y actual secretario de Inclusión Social

Lo que dice el fallo 

EL OLFATO conoció de manera exclusiva el fallo de segunda instancia y en él se cuestiona el comportamiento de los concejales que eligieron a Ramiro Sánchez, pese a que estaba inhabilitado.

«Y es que no pasa inadvertido que en la actuación disciplinaria se acreditó que en el desarrollo del proceso de elección del contralor municipal se advirtió a los concejales de la posible inhabilidad de alguno o algunos de los candidatos. Concretamente, por parte de las concejalas Linda  Esperanza Perdomo y Martha Ruíz. Este hecho, debió alertar y llevar a los miembros de la corporación pública a extremar los cuidados en el cumplimiento del deber funcional; sin embargo, esto no ocurrió y se eligió a una persona en la que concurría una causal de inhabilidad«, reza el fallo de 38 páginas. (Ver: ¿Procuraduría será benévola con los concejales que eligieron al Contralor de Ibagué inhabilitado?)

Y añade: «Los concejales disciplinados vulneraron los principios de eficacia y moralidad administrativa, este último materialización del principio de legalidad, el cual es aplicable a toda la actividad estatal, y que les imponía frente al comportamiento que les era exigible en ejercicio de sus funciones como cabildantes de la ciudad hacer solo lo que le estaba permitido por la ley observando las normas jurídicas aplicables y en sub examine lo infringieron, reiteramos, al elegir a alguien inhabilitado contraviniendo el marco jurídico conforme a las consideraciones que se han desarrollado ampliamente y que tienen como sustento el caudal probatorio arrimado a la actuación».

La Procuraría no aceptó la excusa que presentaron los investigados, quienes intentaron descargar su responsabilidad en el concurso de méritos que realizó la universidad CUN. Según ellos, esa institución debió constatar y advertir la inhabilidad del concursante. (Ver: Jaramillo defiende a concejales por elección irregular de Contralor y culpa a la CUN)

«Resulta sustancialmente ilícita la conducta de los disciplinados no solo por las consideraciones antes indicadas, sino también cuando los concejales abordan el cumplimiento de sus funciones electorales desde una dimensión que no profundiza y no atienda a la realidad de las advertencias y supuestos sobre los cuales deben ejercerla. En este caso, se lesionó la función pública no solo por el hecho de haber elegido a alguien inhabilitado, sino también al no haber desatado con la profundidad con la que se debió haber abordado esta situación«.

Se dio lo que se esperaba: sanción benévola

Resulta que en el auto de citación de la audiencia de juicio oral en contra de los 16 investigados, la Procuraduría Regional del Tolima, determinó que: “En esta etapa del proceso las faltas de los funcionarios del concejo fueron calificadas como gravísima, cometidas con culpa grave, por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones”.

El Código Único Disciplinario establece que cuando la falta y la culpa son gravísimas, los funcionarios investigados podrían ser destituidos por un periodo que va de 10 y 20 años.

Pero en el caso de los concejales de Ibagué, el Ministerio Público calificó la falta como gravísima pero la culpa la tipificó como grave y en estos casos la sanción va de uno a 12 meses de suspensión del cargo, como finalmente ocurrió.

¿En 2019, el Concejo se queda con cuatro concejales?

Con la suspensión de 15 de los 19 concejales de Ibagué, lo más probable es que la Corporación tenga serias dificultades para sesionar el próximo año porque solo quedarán habilitados Pedro Mora, Luis Alberto Lozano y Martha Ruiz, quienes no votaron por el excontralor Ramiro Sánchez, y Juan Pablo Salazar, quien reemplazó en la curul a Carlos Portela.

En este caso, por esta suspensión de nueve meses, el gobernador del Tolima, Óscar Barreto, tendría que apartar de su gabinete a Carlos Portela, quien se desempeña como Secretario de Inclusión Social.

Abogados expertos en Derecho Administrativo explicaron que como esta suspensión no es una ausencia absoluta, ninguno de los cabildantes sancionados podrá ser reemplazado por quienes los seguían en las listas de las elecciones locales de 2015.

Por: UNIDAD INVESTIGATIVA

Foto: EL OLFATO

Fecha: jueves - 20 diciembre - 2018