La Presidencia de la República hizo efectiva la sanción que impuso la Procuraduría General de la Nación al excandidato al Senado por el Centro Democrático, Luis Fernando Caicedo, quien fue hallado responsable de presuntas irregularidades contractuales durante su gestión como gerente nacional del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en el año 2010.
El Ministerio Público impuso una suspensión del cargo por tres meses, en un fallo de primera instancia revelado el pasado 26 de septiembre (Ver noticia), y tendrá que pagar una multa equivalente a los tres meses de salario que devengaba hace cuatro años.
ELOLFATO.COM conoció, a través de una fuente en la Presidencia de la República, que el Ministerio de Agricultura emitió el decreto 2180 del 29 de octubre en la que hace efectiva la sanción disciplinaria consistente en suspensión por el término de tres meses, impuesta a Luis Fernando Caicedo y en consecuencia deberá pagar, a favor del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la suma de 23 millones 191 mil 329 pesos. (Ver decreto)
Ahora, dice el decreto, se notificará al dirigente ganadero la resolución y se le dará trámite a la anotación en su hoja de vida.
La historia
Cuando Luis Fernando Caicedo era gerente general del ICA suscribió un contrato de promesa de compraventa con la firma World Fuel Colombia S.A., omitiendo expresar dentro de su clausulado que dicho contrato remplazaba otra promesa de compraventa inicial celebrada entre las mismas partes, de la cual había girado un pagaré por valor de 2 mil 500 millones de pesos a favor de World Fuel Colombia S.A, como garantía del pago del precio pactado.
Esa omisión, dice la Procuraduría, evitó que su sucesora en el cargo de gerente general del ICA conociera la existencia de dicho título valor y cuando se firmó el acta de terminación del mentado contrato de promesa de compraventa no se tomaron las medidas necesarias para exigir la devolución del título valor que se había entregado como garantía, exponiendo al Instituto al eventual cobro de dicho pagaré, sin estar el ICA obligado realmente a efectuar tal pago.
Al disciplinado también se le reprochó por haber girado ese título sin restringir su circulación y permitir que fuera libremente negociable, sin que existiera negocio jurídico para la época de su emisión, comprometiendo así el patrimonio del Instituto, así como el haber evitado que los funcionarios de la entidad, en la dependencia financiera, así como su sucesora en el cargo, conocieran la existencia de dicho título valor, evitando que se tomaran las medidas necesarias para lograr su devolución.
La falta fue calificada como gravísima, cometida a título de culpa grave.