A raíz de las dudas que han surgido por la norma que expidió el Ministerio del Medio Ambiente sobre el pago de las bolsas plásticas, Óscar Díaz, director de Fenalco Tolima, aclaró que únicamente los grandes supermercados deben cobrar este impuesto.
Según el directivo, los pequeños comerciantes no deben exigir los $20 determinados por el Gobierno Nacional, toda vez que el impuesto sólo aplicará para las bolsas que sean compradas en almacenes con ventas superiores a los $104 millones.
«Este tema del impuesto ha generado incertidumbre, pero nosotros queremos darle tranquilidad a los tenderos. Los pequeños comerciantes que no tienen ingresos superiores a los $104 millones y que pertenezcan al régimen simplificado del iva no deben cobrar el impuesto de $20. Sin embargo, si el tendero pertenece al régimen común y sus ventas superan este valor, si debe hacerlo», explicó Díaz.
Cabe mencionar que de acuerdo con el Ministerio, esta norma entró en vigencia desde el 1 de julio y fue expedida con el objetivo de reducir los impactos ambientales asociados con los residuos generados por las bolsas después de que dejan de usarse.