El rector de la UT, Ómar Mejía, podrá continuar en su cargo tras un fallo del Consejo de Estado que revoca la decisión del Tribunal Administrativo del departamento y niega las pretensiones de la demanda que pretendía que lo separaran de su puesto.
El pasado 2 de noviembre de 2018 los magistrados del Tribunal decidieron, en primera instancia, declarar nula la elección del directivo, argumentando que Mejía había violado las causales de inhabilidad establecidos en las normas internas de la institución, porque cuatro de los nueve integrantes del Consejo Superior tenían su periodo vencido en el momento de su elección, el pasado 13 de junio. (Ver: Tribunal Administrativo anuló elección del rector de la Universidad del Tolima)
La demanda electoral fue interpuesta por el dirigente sindical y profesor de la Universidad del Tolima, Félix Salgado, quien actualmente se encuentra en líos con la Contraloría Departamental por no haber acreditado un titulo de Doctorado que le pagó la institución con recursos propios. (Ver: El doctorado que tiene en líos al profesor Félix Salgado de la Universidad del Tolima)
Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que Mejía «sí podía participar en la elección del cargo, reiterando la tesis según la cual la prohibición de reelección sólo aplica respecto de quienes han sido elegidos en propiedad en dichos cargos y no para quienes los hayan ocupado bajo las figuras de encargo o interinidad».
Además, «al estudiar el alcance de la excepción de ilegalidad consagrada en el artículo 148 de la Ley 1437 de 201, se concluyó que la misma no sólo procede por desconocimiento de la ley y la Constitución sino de manera general para el mantenimiento y conservación del ordenamiento jurídico, por lo que dicha figura puede emplearse cuando el operador judicial advierta un claro desconocimiento de las normas en las que se funda la validez del acto bajo estudio».
La providencia, con ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno Rubio, señala que en el caso concreto los motivos invocados por el Tribunal de primera instancia para invocar la excepción de ilegalidad, no resultaban suficientes para inaplicar la norma de la cual derivó la nulidad de la elección objeto de controversia, razón por la cual dicha decisión fue revocada.
Finalmente, la Sala comprobó que el rector Ómar Mejía no había participado en la planeación, implementación y discusión del proceso de elección, por lo que no existían motivos para mantener la nulidad de elección.
Hasta ahora se desconoce el pronunciamiento oficial de Ómar Mejía y del gobernador del Tolima, Óscar Barreto, frente a esta decisión.