Los menores de edad que hayan cambiado o estén en proceso de tránsito de género, podrán exigir el cambio de sexo en su documento de identidad. La Corte Constitucional indicó que para realizar el trámite deben estar próximos a cumplir los 18 años y acatar algunos requisitos.
El fallo de la Corte se da luego de que la madre de María Alejandra, quien nació como Andrés Felipe, interpusiera una acción de tutela en contra de la la Notaría 41 del Circuito de Bogotá en donde se le negó a su hija la posibilidad de dejar constancia en su tarjeta de identidad de que es una mujer.
Los menores que quieran hacer el cambio de sexo en el documento deben tener una clara, libre e informada manifestación de su decisión, estar próximo a cumplir los 18 años y acreditar mediante conceptos médicos que se está en tránsito de género.
La Superintendencia de Notariado tiene 30 días para expedir la circular con las reglas del trámite.