Una multa de $320 millones deberá pagar Enertolima a la familia de un joven que tuvo que ser sometido a la amputación de uno de sus brazos cuando tenía cuatro años, luego de que unas torres de energía lo electrocutaran en Palocabildo, al norte del departamento.
El caso por el que la Corte Suprema de Justicia ratificó esta sanción en contra de la empresa de energía ocurrió el 26 de marzo de 2005 en la vereda Asturias de este municipio, donde se encontraba el menor quien hizo contacto con las torres que no estaban señalizadas ni separadas por elementos que las aislaran del entorno.
Por este incidente, el niño tuvo que afrontar la amputación de su brazo, graves quemaduras en diferentes partes del cuerpo y deformaciones físicas irreversibles.
El 19 de noviembre del 2012 el Juzgado Civil del Circuito de Honda ordenó que la empresa pagara la indemnización de $320 millones al menor, y que cada uno de sus padres recibiera un pago de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En este proceso fue convocado Allianz Seguros como parte de garantía.
Esta decisión fue impugnada tanto por Enertolima como por la compañía aseguradora, recurso que fue analizado por el Tribunal Superior de Ibagué y el 16 de diciembre del 2013 decidió ratificar la decisión en contra de la compañía energética.
Sin embargo, la aseguradora fue excluida del proceso debido a que el contrato que tenía no amparaba a Enertolima en esa clase de eventos y además se estipuló un plazo de dos años para reportar incidentes.
“La decisión de revocar la condena que en primera instancia se impuso a la aseguradora, se adoptó únicamente con los argumentos de esta última; y, de otro, no permitió el derecho a contradecir el mencionado recurso por la circunstancia que se hubiere declarado desierta la apelación que ella planteó contra ese mismo fallo”, expresó la Corte Suprema en su decisión y además ordenó al Tribunal de Ibagué adoptar las medidas pertinentes para renovar el trámite solicitado a la aseguradora.