​Los celos son causal de divorcio: Corte Constitucional

A partir de este momento, los celos son causal de divorcio en Colombia, determinó la Corte Constitucional a través de la sentencia 967 de 2014. El alto tribunal falló una acción de tutela interpuesta por una mujer que era víctima de los celos enfermizos de su pareja.

La sentencia aclara que esta patología se incluirá dentro del maltrato y acoso sicológico, por lo que es un motivo válido para separarse.

El esposo de la señora, dice el fallo, la sometía a un acoso permanente. Le revisaba la ropa y su teléfono celular, le prohibía viajes de trabajo, la celaba con su cuñado y hasta le tomaba muestras de sangre a su hija para saber si era el padreo o no.

Ella acudió a diferentes instancias para solicitar el divorcio pero no pudo. Primero, ante un juzgado de familia de Bogotá y, segundo, ante la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. Ambas instancias le negaron su pretensión bajo el argumento de que los celos causal de divorcio.

La Corte Constitucional consideró que: “El estado de tensión, la angustia, el aislamiento, el nerviosismo y la desconcentración en el trabajo generados por los celos enfermizos y agresivos de su esposo son muestra de malos tratos psicológicos a la que la mujer era sometida. Por lo cual, contrario a lo valorado por el juez, sí estaba demostrada la causal alegada”.

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Por: SRM

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Fecha: martes - 10 febrero - 2015