Quienes están a favor o en contra del plebiscito del próximo 2 de octubre tendrán que seguir algunas reglas en cuanto a la promoción de su postura. Por esta razón, el Consejo Nacional Electoral, CNE, emitió una resolución en la que se expresan las condiciones definidas para los movimientos ciudadanos y políticos del país.
En primera medida, se podrán crear comités de campaña por el Sí y por el No. Estos deberán inscribirse antes del 16 de septiembre ante el CNE y estar compuestos mínimo por tres personas y máximo por 10.
Los partidos y movimientos políticos podrán utilizar logos durante su campaña, siempre y cuando los hayan registrado ante la CNE. De igual forma, ninguna persona podrá pertenecer a ambos grupos simultáneamente.
En cuanto a la financiación, los comités nacionales podrán recibir hasta $3.920 millones, los departamentales un máximo de $1.045 millones y los que estén ubicados en ciudades capitales $1.038 millones, todos estos provenientes de fondos privados.
En esta misma línea, cada comité deberá reportar los ingresos y egresos, además de las donaciones en especie que hayan recibido durante la campaña.
Es importante destacar que ambos grupos deberán tener acceso igualitario a los medios de comunicación, y también tienen la posibilidad de comprar pauta en prensa, radio, televisión o portales digitales. No obstante, cada una de las campañas tendrá un límite para elementos publicitarios como cuñas, avisos radiales, escritos o de televisión.
Otros artículos como vallas, carteles y afiches estarán regulados según la normativa que establezca cada uno de los municipios para su fijación en el espacio público. Además, la publicidad que sea contratada para medios digitales debe ser reportada como gasto de campaña.
Asimismo, el Consejo Nacional Electoral exigirá a los medios de comunicación un informe semanal sobre los espacios que se le brindaron a cada campaña. Los medios que transmitan las encuestas sobre intención de voto deberán suministrar al CNE la ficha técnica de la misma, señalando si fue o no contratada por algún comité.
Las multas por presentar datos irregulares están entre los 25 y los 40 salarios mínimos mensuales y se aplicarán tanto a la empresa que haya realizado el informe como al medio que lo divulgó.
Con el fin de mantener la transparencia en el plebiscito, también se podrán postular testigos para vigilar la jornada electoral. Por otra parte, los funcionarios no podrán usar bienes públicos con el fin de promover su posición, ni presionar a sus subalternos o entregar bonificaciones a quienes participen en campaña.