Esta semana, la senadora del partido liberal Viviane Morales presentó un proyecto de ley de referendo que busca revertir la decisión reciente de la corte constitucional en cuanto a la posibilidad de que parejas del mismo sexo puedan adoptar niños. Los argumentos que ha esgrimido son: i) el asunto de la democracia como voluntad de las mayorías, ii) el derecho del que se debe hablar es el de los niños a ser adoptados y no el de los adultos a adoptar-, y iii) razones “sociológicas”.
Cuando le preguntan a Viviane Morales por qué presenta este proyecto, señala: “lo radico porque recogimos 2.300.000 firmas y la registraduría avaló 1.740.000, luego es una iniciativa ciudadana”. Infortunadamente, una iniciativa ciudadana no necesariamente es democrática por sí misma, en especial, cuando busca restringir derechos en lugar de ampliarlos. Decisiones antidemocráticas avaladas por las mayorías pululan en la historia política; el ascenso del fascismo en Europa es el caso más dramático.
La visión de la democracia como un asunto simple de mayorías y minorías es muy pobre. No tiene sentido comparar la elección de presidente de la república, que depende de la definición de una mayoría y que responde a la discusión de un asunto público, social –la administración del Estado-, con el hecho de que por vía electoral se quiera imponer restricciones a la libertad de algunos ciudadanos o perpetuar desigualdades, como la que existía antes de la sentencia de la corte, pues claramente las parejas del mismo sexo no tenían los mismos derechos que una pareja heterosexual.
En el fondo, esta iniciativa busca constreñir el ser sexualmente diverso, poder vivir en condiciones de igualdad a pesar de estar por fuera de los estándares heteronormativos; la posibilidad de que parejas del mismo sexo adopten pretende igualar la naturaleza de esa relación con la de las parejas heterosexuales en términos de derechos –y también de responsabilidades-. Aunque la senadora tiene el derecho a promover este proyecto y justificarlo como expresión de la democracia de mayorías, en una verdadera democracia no se puede pretender la imposición de una visión de la familia “correcta” e invocar este deseo como un derecho, entre otras cosas porque el hecho de que una pareja homoparental pueda adoptar no afecta en nada el libre desarrollo de la personalidad de aquellos que no son homosexuales ni de los niños que sean adoptados por ellas.
Las definiciones de la corte constitucional en esta materia buscan asegurar el derecho a la igualdad de las parejas del mismo sexo abriendo la posibilidad de adoptar, sin menoscabo del derecho de los niños a ser adoptados. El derecho que ya existe es el de los niños a tener un hogar; el que aún no existía –y al que le dio vía libre la corte- era el de un trato igual para las familias homoparentales.
Finalmente, la senadora Morales considera que en su sentencia la corte no ha tenido en cuenta la “realidad sociológica” del país. ¿A cuál realidad sociológica se refiere? ¿a que la única forma de familia existente en el país es aquella compuesta por un hombre y una mujer? Precisamente, lo que muestra la realidad sociológica del país y del mundo es que existen personas que sienten atracción por otras personas de su mismo sexo y desean formar una familia con ellas; esto ha sido sustentado por diversos organismos y académicos muy respetados, quienes dieron concepto favorable y sirvieron de insumo para la decisión que tomó la corte constitucional. Vale la pena recordarle a la senadora que la biblia no hace parte del corpus teórico ni epistemológico de la sociología.