¿Sabía que el acoso laboral puede generar multa entre 2 y 10 salarios mínimos? Así lo establece la ley 1010 de 2006, que pretende prevenir y sancionar esta conducta. Por eso, el Ministerio de Trabajo invita a hacer las denuncias si es víctima de maltrato, agresiones o trato desconsiderado en su trabajo.
Cómo saber si es víctima
Existen diferentes modalidades de acoso laboral, todas generan sanciones y se consideran falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único, cuando su autor es un servidor público.
Persecución laboral: son conductas repetitivas y arbitrarias sobre los trabajadores para infundir miedo o intimidar, buscando la renuncia del empleado. En esta categoría se encuentran la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que produzcan desmotivación laboral.
Maltrato laboral: son actos de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de un empleado. Con este comportamiento se busca perjudicar la autoestima y la dignidad del trabajador.
Discriminación laboral: es el trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, religión, preferencia política o situación social.
Entorpecimiento laboral: son las acciones que obstaculizan el cumplimiento de las labores como no brindar insumos, documentos o instrumentos para la labor, destruir u ocultar información.
Inequidad laboral: surge cuando se asignan funciones que menosprecian al trabajador.
Desprotección laboral: son las conductas que ponen en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador, como la asignación de tareas sin los requisitos de protección y seguridad.
Cómo denunciar
Las denuncias por acoso laboral se pueden presentar en las inspecciones de trabajo del país y en la línea de atención 120.
Foto: Ministerio de Trabajo.