Por “carecer de neutralidad y lesionar la libertad del votante”, la Sección Quinta del Consejo de Estado ordenó revocar el aval dado a la pregunta con la que se pretendía consultar a los ciudadanos de Cajamarca – Tolima, sobre la continuidad de la actividad minera en la región.
Según el fallo del Consejo de Estado, el texto de la pregunta que había sido avalado constitucionalmente por el Tribunal Administrativo del Tolima, y que sería puesta a consideración de los cajamarcunos el próximo 22 de enero de 2017, “resulta manifiestamente caprichosa y sugestiva”. (Ver: Vea el fallo que avaló la consulta minera de Cajamarca)
«La pregunta en cuestión resulta manifiestamente capciosa y sugestiva, en la medida que da a entender que el elector que vote en un sentido afirmativo estaría de acuerdo con la “contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas, o afectación de la vocación tradicional agropecuaria del municipio”, lo que en el más amplio sentido común no compartiría ningún ciudadano, luego la fórmula del texto de la pregunta inequívocamente le induce a propender por la protección del medio ambiente y no si está de acuerdo con el desarrollo de la actividad minera«, dice el fallo.
La pregunta de la consulta minera de Cajamarca que fue declarada inconstitucional es «¿Está usted de acuerdo Sí o No con que en el Municipio de Cajamarca se ejecuten actividades que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación tradicional agropecuaria del municipio, con motivos de proyectos de naturaleza minera?».
Cabe decir que este fallo del Consejo de Estado se dio como respuesta a una tutela presentada por la compañía minera AngloGold Ashanti, propietaria del proyecto La Colosa, uno de los yacimientos auríferos más grandes del país ubicado en el municipio de Cajamarca. (Ver: AngloGold inicia batalla legal para tumbar consulta minera de Cajamarca)
En la acción de tutela, AngloGold alegaba que el Tribunal Administrativo del Tolima había violado el debido proceso al declarar la constitucionalidad de la pregunta, y que la consulta minera podría ocasionarle graves pérdidas económicas a la multinacional.
La Sala, al amparar el derecho al debido proceso de la ciudadanía en general y en particular de los interesados en la actividad minera, consideró que la interpretación dada por el Tribunal al avalar dicho texto es inconstitucional, «toda vez que desconoce la importancia de garantizar la neutralidad de las preguntas de los mecanismos de participación ciudadana, por cuanto, en los términos expuestos por la Corte Constitucional, la falta de neutralidad lesiona la libertad del votante”.
El Consejo de Estado también recordó que dicha Corporación “construyó unas subreglas” que permiten formular preguntas para los referendos y consultas populares para garantizar el principio de libertad del votante, excluir notas introductorias que induzcan a una respuesta y cumplir con la exigencia de lealtad. (Ver: AngloGold celebra decisión judicial que ordena estudio ambiental a La Colosa)
“No debe perderse de vista que la referida neutralidad de la pregunta, esto es, la que carece de matices valorativos, sugestivos, subjetivos y capciosos, resulta fundamental para evitar la generación de predisposiciones en el elector, que puedan viciar su juicio al momento de optar por alguna de las opciones de respuesta”, se lee en el fallo.
Así las cosas, el Tribunal Administrativo del Tolima tendrá un plazo de tres días para proferir una nueva decisión que atienda a los parámetros expuestos por el Consejo de Estado.
Incoherencias del Consejo de Estado
Por supuesto, cabe decir que esta decisión del Consejo de Estado resulta llamativa, toda vez que ese mismo tribunal le dio aval a la consulta minera de Ibagué, aunque haciendo salvedades sobre la pregunta. (Ver: Consejo de Estado da vía libre a la consulta minera de Ibagué)
Lo sorprendente es que la pregunta de la consulta minera de Ibagué es igual a la de Cajamarca, pero dos secciones distintas del Consejo de Estado tomaron decisiones opuestas con respecto a cada una de las iniciativas democráticas.