Entre el 1 y el 15 de noviembre estará abierta la tercera convocatoria del 2018 para la postulación al subsidio de vivienda que entrega Comfenalco Tolima, el cual puede utilizarse en las modalidades de adquisición de vivienda nueva, mejoramiento de vivienda y/o construcción en sitio propio.
De acuerdo con la caja de compensación, este es un aporte en dinero que se entrega solo una vez al afiliado, con recursos propios de la entidad. Para ello, se realiza un estudio a cada postulante, con base en el cumplimiento de las normas establecidas por el Gobierno Nacional.
En este sentido, el horario que estará dispuesto por Comfenalco para atender las postulaciones será: lunes a viernes, de 7:30 de la mañana a 12:30 del mediodía, y de 2:00 a 5:30 de la tarde. El 15 de noviembre se atenderá hasta las 12:30 del mediodía.
Requisitos para la postulación
Los interesados en postularse deben estar activos en Comfenalco Tolima como empleado trabajador dependiente, pensionado aportante del 2% sobre su mesada pensionar o trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos.
- El total de los ingresos mensuales del hogar postulante deben ser iguales o inferiores a 4 SMLV, es decir, $3.124.968.
- No ser propietario o poseedor de vivienda.
- No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda, incluyendo a los menores de edad postulantes.
- Tanto para postulantes nuevos y actualizados, el formulario debe ser firmado por los integrantes mayores de edad que conforman el hogar.
- Traer carpeta café con gancho legajador tamaño carta.
- La fecha de expedición de los documentos debe ser inferior a 30 días.
Documentos
La postulación al subsidio de vivienda de interés social para compra de vivienda nueva requiere de los siguientes documentos:
- Documento de identidad: Fotocopia de cédulas de ciudadanía legibles de los mayores de 18 años que conforman el hogar. Fotocopias del registro civil de nacimiento de todos los menores de 18 años.
- Estado civil: Registro civil de matrimonio si es casado o prueba de unión marital de hecho de acuerdo con lo establecido en la Ley 979 de 2005, es decir, declarada por cualquiera de los siguientes medios: por escritura pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. Por acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. (Expedidas en Consultorio jurídico de las universidades)
- Certificación laboral de todos los integrantes del grupo familiar que reciban ingresos, en la que se especifique el salario, con fecha de expedición inferior a 30 días. Si algún integrante es trabajador independiente, esta certificación de ingresos debe ser realizada por un contador público adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional y fotocopia de la cédula. Los pensionados deberán presentar copia del desprendible de la última mesada pensional.
- Certificado de recursos propios del hogar: emitido por la entidad donde se encuentren depositados, los cuales pueden estar representados en: cesantías, ahorro programado, fondo de empleados o cuota inicial, entre otros (opcional).
- Cuenta de ahorro programado para vivienda: Certificación de ahorro programado de la entidad donde tiene la cuenta, con fecha de apertura e inmovilización, saldo a la fecha, número de cédula, nombre del titular de la cuenta, número de la cuenta, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Cesantías: Certificado del Fondo de Cesantías (si tiene) donde conste: fecha de apertura, de inmovilización, nombre y cédula del titular, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Cuota inicial: Certificado de la constructora o fiducia de los recursos entregados firmado por el representante legal de la constructora, fotocopia de la cédula y revisor fiscal adjuntando la fotocopia de la cédula y tarjeta profesional. además de la fotocopia de las consignaciones efectuadas al proyecto o fiducia. En caso de no contar con revisor fiscal, el certificado debe contener una nota aclaratoria donde menciona que la constructora no está obligada a tener revisor fiscal teniendo en cuenta las disposiciones legales. El valor de la vivienda no puede exceder los 135 SMLV.
- Capacidad de endeudamiento emitida por parte de la entidad financiera respectiva, donde se indique el monto.
«Comfenalco Tolima invita a sus trabajadores afiliados que aún no cuentan con una casa propia, para que se postulen. Asimismo, hace extensiva la invitación a las personas que se han postulado anteriormente y no han sido beneficiadas para que actualicen la documentación acercándose a las oficinas de la calle 37 con carrera Quinta esquina, segundo piso», dijo la entidad.
De este modo, para obtener mayor información sobre las postulaciones se puede acceder al portal web www.comfenalco.com.co o llamar a la línea telefónica 267 00 88 – extensión 309.