Más de 80 pruebas científicas y testimonios presentados por la Fiscalía llevaron a un juez especializado de Ibagué a condenar a Ángela Johanna Guerra Urueña y a Edilberto Rojas Torres, los padrinos de la niña Sarita Salazar, de tres años, que murió víctima de tortura y maltrato físico extremo. (Ver: Juez anunció sentido de fallo condenatorio en contra de los padrinos de Sarita)
La mujer fue condenada a 39 años y 8 meses de cárcel por homicidio agravado y tortura agravada, mientras que Edilberto Rojas purgará 13 años de prisión por tortura agravada.
El dictamen médico legal, dado a conocer en el juicio, determinó que la niña murió a causa de zarandeo, es decir, cuando una persona es balanceada con fuerza de un lado a otro de manera violenta, tal y como le sucedió a la niña que terminó con un trauma craneoencefálico.
El caso de Sarita no solo estremeció al Tolima sino al país por la barbarie a la que fue sometida la menor y las secuelas que dejó el maltrato continuo en su cuerpo. Los hechos salieron a la luz pública con la muerte de la niña en Armero Guayabal, el 21 de abril del año pasado.
“Sometieron a la niña a un maltrato físico agudo, sistemático y crónico por el lapso de un año, que la llevó a una desnutrición severa, mientras (los padrinos) la tuvieron bajo su custodia”, se reveló en la audiencia de lectura del fallo la noche de este lunes en el Palacio de Justicia.
Como resultado de la necropsia los peritos notificaron que no había un solo espacio en el cuerpo de la pequeña que no tuviera una lesión y cicatrices tanto recientes como antiguas.
En el juicio la Fiscalía demostró que la niña de 3 años, natural de La Dorada (Caldas), y quien fue entregada a sus padrinos porque la mamá no tenía los recursos para mantenerla, vivía en “condiciones infrahumanas y degradantes”.
“La niña perdió el cartílago de su nariz, quedando sin parte del tabique, sin sus dientes, y sufrió pequeñas mutilaciones en sus dedos, entre otras lesiones que poco a poco fueron sumándose hasta llevarla a la muerte”, dice un aparte de la sentencia leída por el Juzgado.
Como si no bastara el daño físico, a Sarita también le vulneraron el derecho a la educación porque no la volvieron a llevar al Centro de Atención Integral de la vereda donde residía, con el argumento de que era desobediente porque no controlaba esfínteres.
Vale informar que al término de su intervención el juez especializado compulsó copias para que la Fiscalía investigue el delito de acceso carnal violento al que fue sometida la víctima.